Subtema 1.3 Marco normativo del turismo comunitario.
El modelo de turismo comunitario de Ecuador está respaldado por su aparato regulador, aceptando que las comunidades locales no solo son parte del marco turístico nacional, sino actores estratégicos. Más que regular las actividades turísticas, este marco legal asegura tanto la participación organizada de la comunidad en el turismo, la protección del patrimonio cultural y natural, como la prestación de servicios turísticos bajo principios de sostenibilidad, legalidad y responsabilidad social.
La comprensión e implementación de las leyes existentes es fundamental para la práctica responsable de la guía comunitaria, ya que estas leyes previenen conflictos, reducen riesgos, fortalecen la organización local y aseguran que las actividades turísticas se realicen en armonía con los derechos colectivos y el entorno natural.
El marco regulatorio para el turismo comunitario, representa el marco legal en nombre de una comunidad para participar en la actividad turística con miras a la sostenibilidad, la legalidad y la protección de la cultura y el patrimonio natural. Este marco regulatorio:
– Reconoce a las comunidades como actores legítimos en el sistema turístico.
– Promueve la gestión organizada y colectiva del turismo.
– Establece obligaciones para garantizar la seguridad y la calidad de los servicios.
Según la Ley de Turismo del Ecuador:
Fuente: Elaboración propia. 2025.
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